Tres Respuestas Iusfilosóficos Después Del Holocausto Judío
DOI:
https://doi.org/10.22519/22157379.1203Palabras clave:
Holocausto, escuela critica, consenso, regla-principios y discrecionalidad.Resumen
El presente artículo de reflexión tiene por objeto describir tres respuestas de la filosófica del derecho a los hechos ocurridos en la Segunda Guerra Mundial, en especial a los relacionados con la escena dantesca de permanente sufrimiento y dolor de la dignidad humana de un pueblo como el judío, en algo que ni siquiera tiene nombre, pero le llaman Holocausto o estrictamente Shoá. La metodología para tal fin es estrictamente de un enfoque cualitativa y por respeto a la memoria historia, y en coherencia con ello, su método, tipo de estudio y demás es simétrico. Dentro de los resultados preliminares se encontró que dicha respuesta iusfilosfica proviene del paradigma critico social, el paradigma del consenso y la tensión paradigmática del debate Hart-Dworkin. Se concluye en el primero el aporte de la comunicación y el entendimiento humano desde la autocrítica; en el segundo la necesidad de un consenso racional entre ciudadanos libres iguales y el ultimo que el derecho no descansa solo en reglas, también en principios y en la responsabilidad del juez de asumir los derechos en serio y reconocer las necesidades de discrecionalidad judicial.
